Ojo al Arte recibe reconocimiento oficial como veeduría ciudadana para vigilar Rock al Parque

 


La Personería de Bogotá reconoció oficialmente a Ojo al Arte – Veeduría por las Artes, constituida para ejercer control y vigilancia sobre la ejecución presupuestal, la contratación pública y la aplicación de los recursos destinados a Rock al Parque.

Ojo al Arte comienza oficialmente su labor como veeduría ciudadana.

Mediante la Resolución PDRCAL 21-831 del 15 de julio de 2026, la Personería de Bogotá D.C. aceptó la inscripción de la veeduría ciudadana OJO AL ARTE VEEDURÍA POR LAS ARTES en el Registro Público de Veedurías Ciudadanas de la ciudad. La inscripción corresponde al acta de constitución del 15 de julio de 2026.

El reconocimiento se produce después de que la solicitud de inscripción No. 6928040 fuera registrada en el sistema eVeedurías de la Personería de Bogotá y de que la entidad realizara el análisis jurídico correspondiente, determinando que la solicitud cumplía con los requisitos establecidos por la Ley 850 de 2003 para la constitución de una veeduría ciudadana.

¿Qué significa este reconocimiento?

Una veeduría ciudadana es un mecanismo de participación democrática mediante el cual los ciudadanos pueden ejercer vigilancia sobre la gestión pública y sobre la ejecución de programas, proyectos, contratos y servicios públicos.

La Constitución Política, en su artículo 270, establece que la ley debe organizar las formas y sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública y sus resultados. La Ley 850 de 2003 desarrolló este mandato y estableció el marco jurídico de las veedurías ciudadanas.

Por esta razón, Ojo al Arte no es simplemente una página de opinión, un medio de comunicación o una iniciativa privada de denuncia. Es una organización ciudadana constituida mediante el mecanismo de participación previsto por la legislación colombiana y reconocida formalmente por la Personería de Bogotá.

La propia resolución señala que el reconocimiento realizado por la Personería no genera vínculo laboral ni contractual entre la entidad y los veedores. También precisa que los veedores ciudadanos no cumplen funciones públicas: ejercen un mecanismo de participación ciudadana.

¿Qué vamos a vigilar?

El objeto reconocido oficialmente para Ojo al Arte es concreto:

Vigilar la ejecución presupuestal, los procesos de contratación pública y la correcta aplicación de los recursos públicos destinados al Festival Rock al Parque, a cargo del Instituto Distrital de las Artes (IDARTES), para la vigencia 2026.

Esto significa que nuestra labor no consiste en vigilar absolutamente todo lo que ocurre en la cultura de Bogotá ni en intervenir en cualquier asunto relacionado con el festival.

La resolución establece expresamente que la vigilancia de Ojo al Arte está limitada al objeto reconocido y que sus competencias y funciones se encuentran enmarcadas en la Ley 850 de 2003. También establece que la veeduría no podrá ejercer vigilancia sobre materias sometidas a reserva de ley.

Nuestro trabajo estará, por tanto, concentrado en aquello que constituye el objeto formal de la veeduría: el dinero público, la contratación pública y la correcta ejecución de los recursos destinados a Rock al Parque 2026.

¿Qué puede hacer una veeduría ciudadana?

La Ley 850 de 2003 establece un conjunto de funciones y herramientas para que las veedurías puedan ejercer efectivamente su labor.

Entre ellas se encuentra la posibilidad de vigilar los procesos de planeación, observar la asignación presupuestal, verificar que los procesos de contratación se desarrollen conforme a la ley y vigilar la ejecución de programas e inversiones. También pueden recibir observaciones de los ciudadanos y solicitar a interventores, supervisores, contratistas, ejecutores y autoridades los informes y documentos necesarios para conocer el cumplimiento de los programas o contratos objeto de vigilancia.

En el caso de Ojo al Arte, estas herramientas serán utilizadas para reconstruir y analizar la información relacionada con Rock al Parque 2026.

Podemos solicitar información

La Ley 850 reconoce a las veedurías el derecho a conocer políticas, proyectos, programas, contratos, recursos presupuestales asignados, metas físicas y financieras, procedimientos administrativos y cronogramas de ejecución.

También permite solicitar a funcionarios responsables, supervisores, interventores, contratistas y entidades contratantes la información necesaria para conocer los criterios que sustentan decisiones relacionadas con la gestión fiscal y administrativa.

La ley establece expresamente que la información solicitada por las veedurías es de obligatoria respuesta.

Esto será fundamental para nuestro trabajo.

Cuando la información pública disponible no sea suficiente para responder una pregunta de investigación, Ojo al Arte podrá acudir a los mecanismos establecidos por la ley para solicitar la información correspondiente.

Podemos presentar derechos de petición

Las veedurías pueden elevar derechos de petición ante las autoridades competentes para lograr sus objetivos y cumplir sus funciones. También pueden ejercer, ante los jueces de la República, las acciones que resulten pertinentes de acuerdo con la Constitución y la ley.

Esto quiere decir que Ojo al Arte no dependerá únicamente de la información publicada voluntariamente por las entidades.

Cuando sea necesario, podremos preguntar formalmente, solicitar documentos, pedir explicaciones y exigir respuestas dentro de los mecanismos establecidos por la legislación.

Podemos intervenir en audiencias públicas

La Ley 850 contempla la posibilidad de que las veedurías intervengan en audiencias públicas en los casos y términos establecidos por la ley.

También contempla la posibilidad de denunciar ante las autoridades competentes actuaciones, hechos u omisiones que puedan constituir delitos, contravenciones, irregularidades o faltas relacionadas con la contratación estatal y el ejercicio de funciones administrativas.

Esto es importante: una veeduría no reemplaza a los organismos de control ni a la justicia.

Ojo al Arte no es la Contraloría, no es la Procuraduría, no es la Fiscalía y no es un juez.

Nuestra función es vigilar, investigar desde la ciudadanía, documentar, formular preguntas, solicitar información, producir informes y, cuando existan elementos que así lo ameriten, poner los hechos en conocimiento de las autoridades competentes.

La función de fiscalización de una veeduría no significa que esta comparta o sustituya las competencias de control fiscal de las contralorías. La propia Función Pública señala que la participación ciudadana mediante veedurías se mantiene dentro del ámbito de vigilancia y no convierte a los ciudadanos en órganos de control fiscal.

También tenemos responsabilidades

Ser una veeduría no significa tener carta blanca para acusar, señalar o publicar cualquier información.

La Ley 850 establece principios que deben orientar nuestro trabajo. Entre ellos se encuentra el principio de objetividad, según el cual la actividad de las veedurías debe estar guiada por criterios objetivos que den certeza a sus conclusiones y recomendaciones y las alejen de actuaciones parcializadas o discriminatorias. También existe un principio de legalidad que obliga a desarrollar las acciones de la veeduría mediante los medios, recursos y procedimientos establecidos por la ley.

Por eso Ojo al Arte trabajará sobre documentos, datos, fuentes verificables y evidencia.

Una sospecha no será presentada como un hecho.

Una pregunta no será presentada como una acusación.

Y una irregularidad solamente será señalada como tal cuando existan elementos suficientes que permitan sustentarla.

Rock al Parque no es nuestro enemigo

Esta precisión es fundamental.

Ojo al Arte no nace para acabar con Rock al Parque.

Rock al Parque es uno de los proyectos culturales más importantes de Bogotá y forma parte de la historia musical de varias generaciones. La existencia de una veeduría no significa oposición al festival ni pretende convertirse en un instrumento para atacar a sus artistas, trabajadores, productores o asistentes.

Nuestra posición es exactamente la contraria:

Queremos que Rock al Parque siga existiendo, pero que sea cada vez más transparente, eficiente, justo y sostenible.

Creemos que un festival financiado con recursos públicos debe poder soportar el escrutinio de sus ciudadanos.

Creemos que los artistas merecen procesos transparentes.

Creemos que los trabajadores de la cultura merecen condiciones claras.

Creemos que los recursos públicos deben ser utilizados correctamente.

Y creemos que la ciudadanía tiene derecho a saber cómo se toman las decisiones que afectan uno de los acontecimientos culturales más importantes de la ciudad.

Vigilar también es cuidar.

Una veeduría con alcance nacional

Aunque el objeto específico reconocido para esta primera etapa corresponde a Rock al Parque 2026 y a los recursos a cargo de IDARTES, la resolución establece como nivel territorial de Ojo al Arte todo el territorio nacional. Su duración fue establecida en 120 meses, hasta el 15 de julio de 2036.

Esto proporciona un marco institucional de largo plazo para una iniciativa que pretende ir más allá de una coyuntura específica.

Rock al Parque es nuestro primer objeto de vigilancia formal, pero Ojo al Arte nace con una perspectiva más amplia: promover la vigilancia ciudadana sobre la gestión pública relacionada con las artes y la cultura.

¿Quiénes conforman Ojo al Arte?

La resolución reconoce la constitución plural de la veeduría.

Como vocero principal figura Felipe Casas Zarruk, y como integrante Juan José García Rodríguez. La resolución registra oficialmente el nombre OJO AL ARTE VEEDURÍA POR LAS ARTES.

La Personería de Bogotá formalizó así la inscripción de nuestra organización en el Registro Público de Veedurías Ciudadanas.

Comienza el trabajo

El reconocimiento oficial no es el final de un proceso.

Es el comienzo.

A partir de ahora Ojo al Arte inicia formalmente su labor de seguimiento a Rock al Parque 2026.

Nuestro trabajo incluirá la revisión de información pública, contratos, presupuestos, procesos de contratación, informes, documentos administrativos y demás elementos relacionados con el objeto de la veeduría.

También abriremos canales para recibir información, observaciones y documentos de ciudadanos, artistas, trabajadores de la cultura y demás personas que tengan información relevante para el objeto de nuestra vigilancia.

Todo aporte será analizado bajo criterios de verificación y objetividad.

Ojo al Arte no viene a apagar el escenario.

Viene a mirar qué ocurre detrás de él.

Y cuando encontremos algo que deba ser explicado, preguntaremos.

Cuando encontremos información que deba ser conocida, la publicaremos.

Cuando encontremos documentos que permitan comprender mejor la gestión pública, los pondremos a disposición de la ciudadanía.

Y cuando encontremos elementos que puedan constituir irregularidades, los remitiremos a las autoridades competentes.

Porque Rock al Parque es de la ciudadanía.

Y la ciudadanía tiene derecho a vigilar cómo se administra.

Ojo al Arte comienza oficialmente su labor.

Vigilar también es cuidar.

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!Queremos que Rock al Parque siga sonando!

La crítica ciudadana no tiene como objetivo apagar los amplificadores. Tiene como objetivo que detrás de ellos existan instituciones capaces de administrar correctamente los recursos públicos, respetar a los artistas y trabajadores de la cultura y garantizar que el festival pueda seguir siendo de la ciudadanía.